Las partes que intervienen en un contrato de fideicomiso de administración de inversión son:
Para estos efectos entiéndase por “Fideicomiso en Inversión” el conjunto de recursos obtenidos con ocasión de la celebración y ejecución de negocios fiduciarios en los cuales se consagra como finalidad principal la inversión.
La administración de recursos puede ser mancomunada o individual:
La primera alternativa de inversión consiste en la administración de recursos sobre los cuales el fiduciario ejerce una administración colectiva y mancomunada en los títulos y dentro de los porcentajes expresamente señalados por los diferentes fideicomitentes en conjunto.
Las instrucciones del fideicomiso que se diseñe, debe tener en cuenta aspectos vitales que guardan relación con la administración fiduciaria que se adelante buscando ante todo salvaguardar los bienes fideicomitidos, tales como:
Aquellos en los cuales se consagra como finalidad principal la inversión o colocación a cualquier título de sumas de dinero, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el constituyente. La administración de los recursos se hará con estricta sujeción a las indicaciones e instrucciones efectuada por el fideicomitente. La Instrucción en donde conste la inversión de los recursos deberá especificando aquellos títulos en los cuales el fideicomitente quiere colocarlos.
En cualquiera de las dos formas descritas se elimina la discrecionalidad que pudiera tener el fiduciario al momento de efectuar las inversiones.